Espacio abierto dedicado al estudio de las historias locales de los municipios de Castro del Río (Córdoba), Porcuna (Jaén) y Motril (Granada), así como sus adyacentes. Recomiendo la utilización del apartado de comentarios para aportaciones, consideraciones, críticas o rectificaciones. De igual manera, está disponible para quienes deseen colaborar con la publicación de artículos o aportando documentos, sobre cualquier tema de carácter histórico relacionado con dichas poblaciones.

07 febrero 2011

"Los reos de Porcuna" I



   Hasta la ratificación definitiva de la sentencia que condenaba a los hermanos Antonio y Justo Ramírez Muñoz  "Los Nereos” a sendas penas de muerte, la opinión publica se había mantenido al margen del proceso. No trasciende información alguna a la prensa. Don Niceto Alcalá Zamora, su defensor, se muestra celoso guardián de las presuntas o evidentes anomalías de aquel caso, con las que esperaba obtener un final lo menos lesivo posible para los intereses de sus defendidos. Cuando finalmente se truncan sus expectativas, el propio Alcalá Zamora orquestará una campaña en su favor con el firme propósito de eludir su comparecencia ante el patíbulo.

Virgilio Anguita
   Las primeras manifestaciones pro indulto parten de la provincia de Jaén por iniciativa de Don Virgilio Anguita Sánchez, subjefe provincial de los liberales y diputado a cortes por el distrito de Martos, al que Porcuna pertenecía. Desde Jaén se dirige un telegrama al jefe de Gobierno Don Eduardo Dato (conservador), para que interceda cerca del rey por el indulto de estos reos. Suscriben la petición el mismísimo prelado, el alcalde y los presidentes de los círculos y sociedades oficiales de esta capital.
   Cuando el sentimiento empezaba ya a generalizarse, las fuerzas conservadoras de la provincia, a través del diputado provincial porcunense Don Ricardo Dacosta Ortega, también secundarán la petición.

   Se organizará una multitudinaria manifestación pública en Jaén el día 7 de junio de 1915, en la que tomaron parte todas las clases sociales y a la que se suma todo el comercio de la capital, que cerró sus puertas durante el transcurso de la misma.



   De aquella manifestación saldría una heterogénea comisión que marcha hasta Madrid para gestionar el indulto cerca de gobierno y del rey si fuese preciso.
   Mientras tanto, en la corte, reunidos en una de las secciones del Congreso los diputados representantes de las provincias de Córdoba y Jaén estudian gestiones en pro del indulto de los Nereos. El Sr. Alcalá Zamora, que conocía uno por uno todos los folios de la causa, informa a sus compañeros de ciertas circunstancias importantes que patentizan la enormidad de la pena impuesta. De aquella reunión sale el acuerdo unánime de solicitar audiencia al presidente del consejo de Ministros y de "rogar a la prensa en general la publicación de un comunicado que será remitido a los directores de los periódicos, evidenciando las circunstancias aludidas, a fin de que la opinión pueda juzgar de ellas".
   Para evitar erróneas interpretaciones sobre la utilización partidista del caso y sumar el mayor número posible de voluntades, se reparten la redacción del comunicado Don Niceto Alcalá Zamora y Don Manuel Bueno Bengoechea, diputados electos de la provincia de Jaén por el partido liberal y conservador respectivamente.
   La minoría de conjunción republicana socialista del Congreso también se adhiere a dicha campaña y acuerdan, así mismo, elevar su petición de indulto ante el gobierno. Aunque con importantes matices en los que más adelante nos detendremos.
   Cuando Eduardo Dato recibe a la comisión de diputados y senadores por Jaén y Córdoba, y al socialista Pablo Iglesias como portavoz de la conjunción, los alegatos firmados por Alcalá Zamora y el menos efectista de Manuel Bueno, ya se habían publicado en los principales periódicos del país y de provincias. De entrada, no trasciende la predisposición del jefe del gobierno para salvar el escollo de quienes defendían la ejemplaridad del castigo. Solamente ofreció tener en cuenta "estas nobilisimas aspiraciones".

Don Niceto Alcalá Zamora


   Lógicamente de las cartas publicadas en los periódicos, por conocimiento de causa, sería la de Don Niceto, con su excepcional dialéctica y elocuencia, la que consigue llegar hasta la fibra sensible de amplios sectores de la población española de la época. Había pensado en un principio ceñirme a los párrafos esenciales de esa carta, pero para evitar perversas acusaciones de manipulación lo copio tal cual (que la opinión juzgue). Tiene hasta su poquita de guasa mordaz:


Los reos de Jaén



   “Por ellos he trabajado sin descanso, con alternativas de sufrimiento y de emoción, entre la esperanza y la alarma; por su salvación me he perdonado a mi mismo la insistencia extrema de la súplica y el razonamiento cerca del gobierno; por su indulto ha llegado mi voz respetuosa, pero respetuosa, a la augusta persona del monarca; por la vida de esos dos desdichados, desde un gran periódico acudo a todos los hombres de buena voluntad para que me acompañen en esta demanda, que lleva la convicción honrada y segura de mi espíritu. He suplicado e imploro por esos hombres con toda la humildad del ruego; pero librándome a la vez de arrogancias que serían imperdonables y de fingimientos que no tendrían excusa, al acudir a la opinión no he de ocultar que la gracia a pedir encuentra abierto, no ya el camino, siempre amplísimo, de la misericordia, sino aquel otro sendero mas estrecho y difícil que deslinda el contraste entre la magnitud de la pena impuesta y las circunstancias del hecho ejecutado.
   ¿Dejara de ser humilde la súplica porque invoque la razón? ¿Perderá en su nobleza y hermosura la clemencia porque el impulso de generosidad se fortalezca en el sostén del convencimiento?
   A los maestros del periodismo, a los grandes escritores, que en la concisión lapidaria de una líneas o en la sencillez alada de una crónica saben conmover el alma de los hombres, les pido que glosen; yo les daré el texto escueto, pero fiel, de un relato cuya certeza me consta, porque conociendo la causa folio por folio y recordándola línea por línea, en mi empeño humanitario sólo me ha impuesto mi sinceridad un límite: el de no mentir, y cuanto afirmo, con el sumario a la vista, lo sostendría y probaría ante cualquier intento de contradecirme.
   Los dos paisanos condenados a muerte por el fuero de Guerra, y presentados espontáneamente a la autoridad, cuando pudieron huir, eran de esa honradez sin tacha, de esa conducta sin sombra necesaria en los pueblos para obtener de la delegación exigente de la autoridad la confianza recelosa de los propietarios rurales que supone la guardería particular de tierras y frutos. Con armas cuyo uso legitimaba la licencia, y sintiendo la debilidad generalizada de la caza en tiempo de veda, quiso la fatalidad que a ella se dedicaran en tierras de persona que, sintiendo hacia aquellos, por esto, o por otros motivos, rencor, incitaron a una pareja de la guardia civil, que en su cortijo pasara la rigurosa siesta de un día de julio, a salir en persecución de los cazadores. Debieron éstos suponer o temer la persecución, y como no pensaban en resistir y si en escapar huyeron, enterrando la caza y dejando las balas con que habrían cargado las escopetas si hubieran querido luchar con hombres armados de fusiles.
   Lleváronse los cazadores las escopetas, más difíciles de enterrar, poseídas legítimamente, y con la carga misma de perdigones utilizada en la cacería. Entonces, al verlos huir, por imprudencia de los guardas y de los cortijeros, para que aquellos pudiesen alcanzar y sorprender a los que escapaban, le proporcionaron los segundos a los primeros un disfraz completo. Los guardias dejaron los correajes en un cortijo, escondieron los tricornios dentro de unas alforjas, se vistieron con blusas y se pusieron sombreros de paja, propios de la gente del campo y corriendo sobre la yegua de un labrador alcanzaron a los dos reos. ¿Cómo murieron los guardias?
   Si los reos hubiesen querido asesinarlos sin huir, los hubiesen matado a distancia o al acecho, imposible donde ocurrió el triste suceso: es un rastrojo de 20 centímetros de alto, en plena campiña, sin árboles ni haces que hieran posible la ocultación. Si los cazadores, al alcanzarlos la pareja, hubieran intentado resistir en vez de entregarse, no habrían muerto los guardias de disparos hechos a quemarropa en el sentido más gráfico e inmediato de la expresión, porque la experiencia de una pareja mandada por un sargento no permite poner los cuerpos sobre los cañones de armas en manos de hombres que aguardan para acometer. No pudieron, por tanto, morir los guardias, si han de tenerse en pie las afirmaciones terminantes de los peritos y del Juzgado que levantó los cadáveres, más que en una lucha surgida después de entregarse, sin resistencia, los cazadores. ¿Pero como pudo surgir después en el ánimo de éstos la idea de matar, que al huir y dejarse coger notoriamente no tenían? Yo no lo vi; yo, que pido el perdón de los que viven, siento honda pena por los que murieron, yo comprendo y siento los prestigios del poder; pero yo recuerdo que en la soledad, sin testigos ni auxilios de aquellos campos, podía creerse la vida de cualquiera de las dos parejas a merced de la amenaza de la otra; yo conozco la confesión de los procesados, yo conozco una carta de su padre, interceptada por la autoridad militar para sorprender las revelaciones de aquel a su familia, y yo conozco los informes del medico forense que reconoció los cuerpos de los reos, y que se ratificó al ser requerido después de concluido el sumario por el capitán general…Fue el temor absurdo, brutal, pero temor al fin, de ser víctimas de una agresión de la que lo que determinó veloz, fatalmente otra, y no pueden ser distintos móviles, porque de rencores antiguos no hay ni un indicio y el miedo a la pena por la caza prohibida era el miedo a unos días de arresto o a unas pesetas de multa.
   Estos son los hechos que se muestran en un sumario nutrido de las declaraciones de los cortijeros, enemigos de los reos, colaboradores del disfraz y de la imprudencia de los guardias, y formado con ofuscación tal que lo cierra un resumen acusatorio en el que se dice que los dos reos delinquieron en cuadrilla, para lo cual, como ésta exige su mínimo de cuatro malhechores armados, hay que extender este concepto a la pareja muerta y sumar las víctimas con los agresores.
   Según el famoso artículo 7 del Código de justicia Militar, el delito de insulto a fuerza armada, sin el cual no se hubiese podido imponer la pena de muerte, exige, cuando de Guardia Civil se trate, que vista su uniforme reglamentario. La justicia militar, sintiendo el saludable estímulo de severidad, fundamento muy principal de su existencia, entendió, y por ello hay que pasar con respeto, que era obligada la interpretación extensiva de una ley penal severísima en contra del reo, y calificó y penó el delito, no obstante el disfraz.
   Cosa juzgada es el fallo, y, como tal, es inconmovible; pero sometiéndonos a la plenitud de la jurisdicción, al cabo falible, como humana; mirando para estos momentos de equidad la majestad soberana de la ley, sin exégesis vanas en esta hora, innecesarias ante este problema ¿No es verdad que el derecho y el hecho, al chocar, nos gritan que los reos de Jaén no deben de ser ejecutados?      Así debió pasar en noble misión, como una ráfaga de piedad, por el Consejo Supremo de Guerra y Marina en el momento mismo en que fundamentaba su sentencia, y, al leerla, se tiene que reflejar la creencia y el deseo de dar pie al Gobierno para que propusiera el indulto de una pena, que si el deber obliga a imponerla, la piedad dice que no se ejecute. La demostración de las vacilaciones y de las evidencias en el ánimo del Consejo de Guerra ni es secreta para el Gobierno ni inaccesible para mí.
   ¿Por qué si la misión del Gobiernos es buscar un asidero para los indultos, se van a ejecutar estas penas? ¿Por horror moral? En una lista de todas las monstruosidades humanas hay veintitrés circunstancias agravantes, y ni una sola ha podido apreciarse contra estos reos. Cuando por delitos tan enormes como la traición, el regicidio y el parricidio no se puede condenar a muerte sin una circunstancia de agravación, siquiera, ¿no habrá piedad para estos reos?
   ¡Ejemplaridad militar! ¡Escarmiento rápido de esa jurisdicción! Si se trata de dos paisanos que en agosto de 1913 estaban ya en situación de ser juzgados con su sola declaración, porque no habiendo testigos presénciales del hecho, son los acusadores de si mismos con inusitada sinceridad de confesión que no puede moralmente descoyuntarse para creer cuanto afirma su delito y rechazar cuanto atenúa su responsabilidad.
   ¡Perversidad de los delincuentes! Allá en la comarca entre los pocos que conocen lo intimo de las confesiones y los detalles del drama, se dice al oído y se comenta con asombro que uno de los hermanos condenados no llegó a disparar siquiera, y para no agravar la situación del otro (que sólo sabe que el intervino en la confusión de la lucha) se resigna en la obstinación de una conformidad que conmueve a la acusación, demasiado matemática para ser real, según la que cada cazador agredió sin concierto ni colaboración del otro a cada guardia. Donde pueden anidarse semejantes abnegaciones no pueden estamparse estigmas de execración.
   ¡Disciplina militar y social! Ya se yo que en la dureza necesariamente cruel de la educación colectiva alguna vez ha de entrar con sangre la letra del respeto en aquellos que, no percibiendo las esencias de la autoridad, la comprenden en sus signos exteriores, y por lo mismo, como amparo de los pacíficos y temor de los forajidos, para el pueblo la Guardia civil es el uniforme, y dentro de este se simboliza en el tricornio. Y para afirmar la disciplina social ¿se va a ser inexorables cuando el uniforme está oculto por el disfraz y los tricornios que lo resumen se alejan y se arrastran dentro de las alforjas que lleva en su carrera de espanto la yegua en que montaron los guardias?
   A la opinión de España entera la pido auxilio, y volviéndome hacia la derecha digo: no aceptéis para el culto del sentido conservador, del principio de autoridad, del prestigio del uniforme esas dos vidas, porque en todo altar el sacrificio que no merece ser ofrenda constituye profanación; y tornándome hacia la izquierda digo: auxiliarme con fervor, clamorosamente, sintiendo vuestros arrebatos generosos, porque si no lo hacéis ahora, en estos días, en este caso, por el encadenamiento inevitable de los sucesos, sentiríais, y no lo merecéis, el sobresalto de una desigualdad injusta, el resquemor de una inquietud dolorosa.
   A todos llamo, y asumiendo para mi las inflexiones humildes del ruego a pedir y los reconocimientos efusivos de la gratitud al obtener, siento que en mis palabras hay un eco resonante de equidad excelsa, transfiguración de la justicia, que en aquella encarna, para seguir abogando en estos instantes supremos, diciendo a todas las almas generosas lo que al rey y a España dice con emoción un hombre que ahondó en esta causa, que al servicio de la ley y al estudio, no frío, sino intenso, apasionado, del derecho, consagró su vocación y su vida, y eso que digo es que los reos de Jaén no deben ser ejecutados.

Niceto ALCALA ZAMORA

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